Hijo del maestro carpintero Juan Buxareu, nació en Barcelona hacia 1804. Cursó los estudios de arquitectura en la Escuela de Arquitectura establecida en su ciudad natal: primero la enseñanza de las Matemáticas y posteriormente los conocimientos teórico-prácticos de la profesión en el término de ocho temporadas académicas bajo la dirección de Antonio Celles, académico de mérito de las Reales Academias de San Fernando y San Carlos de Valencia, director de la Escuela gratuita de Arquitectura de Barcelona que estaba bajo los auspicios de la Real Junta de Comercio de Cataluña e individuo de la Sociedad Económica de Madrid. Junto con este maestro se aplicó en la delineación de los órdenes con escorzos y sombras y en todos los templos griegos; el estudio de las obras de Bails, Paladio y Vitruvio, al tiempo que realizaba proyectos iluminados de edificios particulares y públicos en terrenos tanto regulares como irregulares.
El 18 de enero de 1830 solicitó de la Academia de San Fernando su admisión a los ejercicios para la clase de maestro arquitecto, presentando como prueba de pensado el proyecto de una Real Audiencia de Barcelona situada en el mismo local que ocupaba la actual (del A-0865 al A-0875) con su informe facultativo y el avance del coste de la obra, la certificación de práctica librada por Antonio Celles y la justificación de su conducta moral y política.
La Comisión de Arquitectura reunida el 26 de enero de 1830 examinó la obra y los documentos aportados, acordando el pase del pretendiente al resto de los ejercicios de reglamento. Fue admitido en la Junta Ordinaria del 7 de febrero, fecha en la que le sortearon los programas de repente. Le tocaron en suerte los números 89, 88 y 16, los cuales respondieron respectivamente: «Tribunal de comercio con salon espacioso para comerciantes y litigantes; sala para el Juzgado y algunas otras piezas para secretaria, Archivo y para Porteros. Planta y alzados», «Un Odeo ó pequeño teatro solo para Musica, dispuesto y adornado de modo que esta haga todo su efecto. Planta y alzados» y «Una Panaderia publica con varios hornos para distintas cochuras y demas oficinas necesarias há donde há de concurrir el publico que guste de ver la maniobra. Planta, fachada y sección». De los tres asuntos eligió el nº 89, es decir, un Tribunal de comercio (A-1236), cuya elección comunicó el 8 de febrero.
La Junta de Examen tuvo lugar el 26 de febrero de 1830, asistiendo a ella como vocales los profesores Antonio López Aguado, Juan Antonio Cuervo, Custodio Moreno y Juan Miguel de Inclán. Cotejada la prueba de pensado con el ejercicio de repente que el interesado explicó una vez entrado en la sala, se procedió a la realización del examen teórico. Buxareu principió este nuevo ejercicio explicando la construcción civil e hidráulica, las ciencias auxiliares, las matemáticas, la doctrina de la esfera, las medias naranjas, las bóvedas vaídas, las de arista y un cerchón de esta última. A continuación, trató el replanteo de un edificio, las molduras y las cornisas de albañilería y piedra. También las cimbras, su formación, replanteo y modo de colocarlas, como el método para serrar los ladrillos en la formación de arcos y bóvedas. Por último, los profesores le cuestionaron sobre las molduras, su formación y clases, la formación de una armadura compuesta y su diseño.
Satisfechos los examinadores con las obras ejecutadas como con las explicaciones y contestaciones dadas a las preguntas formuladas le hallaron hábil para ostentar el título de maestro arquitecto, grado que le fue concedido en la Junta Ordinaria del 14 de marzo de 1830, a los 26 años de edad.
En 1834 solicitó de la Academia su admisión a los ejercicios para la clase de académico de mérito, pero se le denegó dicha solicitud en la Junta Ordinaria del 8 de marzo. No obstante, a finales de año remitió «cuatro planos que demuestran dos proyectos de monumentos y cinco planos de un monumento qe trasmita a la posteridad el advenimiento al trono de España la Reyna Dª Isabel Segunda», a fin de manifestar su aplicación y contraer el mérito que exigían los reglamentos para mayores ascensos. Tanto la Comisión de Arquitectura como la Junta Ordinaria del 16 de noviembre de 1834 los vio con agrado, misma valoración que se les dio a los remitidos desde Sevilla por Juan Lizusain.
En 1839 volvió a solicitar su admisión a los ejercicios para la clase de académico, alegando en esta ocasión las obras públicas que desde su aprobación como arquitecto en 1830 había presentado a informe de la Academia: un matadero para la villa de La Bisbal (Gerona) y la casa consistorial para Montcada de Reixach (Barcelona), obras aprobadas por la Junta Ordinaria el 8 de marzo de 1835, además de los diseños del teatro de nueva planta para Villanueva y Geltrú (Barcelona), aprobados por la Junta de la Comisión de Arquitectura el 8 de marzo de 1836 y por la Academia en la Junta Ordinaria del domingo 13 del mismo.
En vista de esta alegación fue admitido al resto de los ejercicios de reglamento en la Junta Ordinaria del 8 de diciembre. Se le dio como adición demostrativa «el estudio del capitel corintio, en planta y alzado visto por ángulo», sin embargo, no debió de recibir el grado solicitado porque su aprobación no aparece reseñada en las juntas posteriores.
A principios de 1853 la Academia recibió del Monte Pío del Santísimo Cristo y Virgen de los Dolores establecida en la ciudad de Barcelona, el proyecto de un altar que se intentaba construir dedicado al culto de dichas sagradas imágenes. La Comisión del Monte Pío había dado a José Buxareu los siguientes datos para poder realizar la obra: «1ro Que el lugar donde ban colocadas las Ymagenes del Sto Cristo y la Sta Virgen, debe tener precisamente la altura de 12 4/12 pies. 2do Que la Ylustre Cofradia de Ntra Sra de los Dolores concedió al Monte Pio el adelantar dicho Altar 10 3/12 pies el cuerpo saliente junto con la mesa y 9 7/12 pies al cuerpo atrasado, todo conforme se halla trazado en el plan. 3ro Que la linea que circunye el altar en el plano es la misma que forma en la Yglesia las paredes con su bobeda». Ante estos requisitos, Buxareu envió a dicha comisión algunas explicaciones de cómo quedaría el altar concluido, siendo las siguientes: «1ro Que según el diseño las pilastras marcadas en el Camarin no son mas que unas fajas que rematan con un coracijamento y que en medio de una y otra faja habrá unos damascos. 2do La puerta marcada en la planta sera real y tendra de alto pies por ser la que dá entrada en la escalera que conduce al Camarin y se entrará en este por uno de los damascos arriba istados».
El proyecto del altar fue examinado por la Comisión de Arquitectura de la Academia el 1 de febrero de 1853, junta a la que asistieron como vocales: el marqués del Socorro, conde González, Sanz, Herrera, Zabaleta, Laviña y Cámara, este último en calidad de secretario. La Comisión «halló desde luego el pensamiento arreglado á un tipo muy visto y repetido; pero sin desecharlo por esto desearía que el autor dispusiese de tal modo las dimensiones del órden que el arquitrave no resultare mas [ilegible por una mancha de tinta] que el centro del arco dentro del cual queda comprendido el todo del retablo».
El 22 de octubre de 1866 fue igualmente remitido el expediente relativo a la edificación de la ex colegiata de Santa Ana la Mayor (Barcelona), cuyo proyecto, suscrito también por Buxareu, estaba compuesto de 20 planos con la valoración de los terrenos y las dependencias que rodeaban al templo. La Junta de la Sección de Arquitectura celebrada el 30 de noviembre de 1866 examinó con detenimiento el pensamiento y aunque echó en falta la memoria descriptiva y los presupuestos que el arquitecto no había acompañado a los planos, aprobó el proyecto al observar que estaba «estudiado con la sabida conveniencia, los calculos de resistencia prueban la solidez que va a tener el edificio que se proyecta en todas sus partes, pues que no se ha omitido el calculo de ninguna de las partes que constituyen el edificio./ Respecto a la parte artística ó decorativa la Sección recomienda muy eficazmente se tengan presentes los detalles de los edificios de este genero y en particular de los restos de la antigua Colegiata qe existen en la misma según la indicacion del mismo autor de dho Proyecto».
Su nombre volvió a reseñarse en las juntas académicas en 1867, cuando Rovira y Trías fue sustituido por el alcalde constitucional como arquitecto titular de la villa de Gracia (Barcelona), siendo nombrado en su lugar el maestro de obras nuevo José Comas y Argemí. Ante este desagravio, tanto Buxareu como los arquitectos residentes en Barcelona (Francisco de Paula del Villar, José Fontseré, Juan Cortés y Ribera, José Casademunt, José Artigas, Olegario Vilageliú, Carlos Gaurán, Magín Ríos y Mulet, José Rosé, Narciso José Marín Bladó, José Limó y Fontcuberta, Román Grases, Modesto Fosas, Juan Torras y Elías Rogent) dirigieron una exposición a la Academia el 22 de febrero de 1867 comunicando los continuos agravios que venían sufriendo en esa provincia y el desconocimiento del Ayuntamiento Constitucional en ser asesorado por arquitectos. El caso de Rovira y Trías era evidente en este sentido, sobre todo cuando durante muchos años había proyectado todo lo relativo al servicio público del municipio, había señalado las líneas y rasantes en todos los casos de nuevas construcciones o reedificaciones y había dictaminado en todos los expedientes en los que había sido necesario sus conocimientos facultativos «devengando honorarios que cuando el servicio era á instancia de particulares estos los abonaban quedando así servido y no gravando el Ayuntamiento, y cuando á instancia de este se desarrollaba algun trabajo, siempre le tenia en consideracion de no ecsijir el mácsimo legal de sus honorarios».
Los arquitectos continuaron su escrito exponiendo que Rovira y Trías había cesado como consecuencia del pretexto impuesto por el alcalde sobre que el puesto debía recaer en una persona con despacho en el ayuntamiento, cuando siempre que había existido algún aviso Rovira y Trías se había desplazado a la villa sin dilatación alguna para solucionarlo. Sin embargo, esto no producía la queja de los exponentes, ya que aún no estaba reglamentado el servicio municipal que prestaban los arquitectos de los ayuntamientos, sino que en sustitución de un arquitecto se nombrase a un maestro de obras al estar prohibido por la Real Orden de 28 de septiembre de 1845.
Dado que el arquitecto de la Provincia había reclamado justicia al Gobierno Civil y pasado un número considerable de días no había tenido respuesta, ni se había tramitado el expediente correspondiente, los arquitectos solicitaron la anulación del citado nombramiento, se pusiese coto a estos intrusismos y fuesen respetadas las atribuciones de los arquitectos. A ellos se sumó la Sociedad Central de Arquitectos, que enterada de la exposición dirigida a la Academia enviaron otra el 16 de marzo a fin de que se pusieran en práctica los medios legales necesarios para hacer desaparecer actuaciones de este tipo.
La Academia de San Fernando estudió en profundidad tanto la exposición de los arquitectos como la remitida por la Sociedad Central de Arquitectos y la que había dirigido previamente Francisco Daniel Molina a Eugenio de la Cámara el 18 de febrero, exponiendo los insultos que habían recibido del maestro de obras los arquitectos Bladó, Fosas y él mismo, así como la amenazas tanto particulares como de toda la clase de arquitectos en general.
Una vez recogidos los antecedentes de este asunto, la Sección de Arquitectura celebrada el 13 de septiembre de 1867, formada por los profesores Álvarez, Cámara, Enríquez, Cachavera y Peyronnet, declaró ilegal el nombramiento y propuso la anulación del mismo para que se nombrase en su lugar a un arquitecto con título, dictamen que sería aprobado por la Academia en la Junta Ordinaria del 16 del mismo mes.
Arquitectura. Casas Consistoriales y Cárceles, 1818-1861. Sig. 2-30-5; Arquitectura. Conventos. S. XIX. Sig. 2-42-3; Arquitectura. Teatros, 1788-1862. Sig. 2-29-1; Comisión de Arquitectura. Arquitectos, 1830. Sig. 2-9-4; Comisión de Arquitectura. Informes, 1825-1856. Sig. 1-28-7; Comisión de Arquitectura. Informes, 1829-1838. Sig. 1-30-3; Comisión de Arquitectura. Informes, 1839-1850. Sig. 1-30-5; Libro de actas de juntas ordinarias, extraordinarias, generales y públicas, 1839-1848. Sig. 3-90; Libro de actas de juntas ordinarias, generales y públicas,1831-1838. Sig. 3-89; Libro de registro de maestros arquitectos aprobados por la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, 1816-1900. Sig. 3-154, nº 82; Sección de Arquitectura. Informes sobre Arquitectos municipales y provinciales, siglo XIX. Sig. 2-42-9.
Silvia Arbaiza Blanco-Soler
Profesor TU de la UPM
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