Hijo de José María Rogent y María Amat, nació de Barcelona el 6 de julio de 1821 y murió en la misma ciudad el 21 de febrero de 1897. Cursó durante seis años la carrera de arquitectura en la Escuela de Nobles Artes de la Lonja de Barcelona, periodo en el que se dedicó al estudio de la Teoría del arte, Composición y demás materias preparatorias para entrar en el 3º año de carrera en la recién creada Escuela Especial de Arquitectura de Madrid. Para este fin, se trasladó a la corte residiendo en la plaza del Carmen, nº 1, cuarto 2º, y el 28 de octubre de 1845 solicitó su ingreso en la Escuela, matriculándose en el centro el 13 de noviembre de 1845, a los 24 años de edad.
A lo largo del curso de 1848 y 1849 se generaron en la Escuela grandes protestas, problemas disciplinares, ausencia en las aulas y faltas de insubordinación por parte de los alumnos. Se debía a la Real Orden de 28 de noviembre de 1848 por la que quedaron suprimidos los dos años de práctica que eran exigidos para obtener el título, dejando automáticamente a los estudiantes de 3º, 4º y 5º año de carrera matriculados en 1º, 2º y 3º curso del nuevo plan. Entre estos desórdenes figuraban los acontecidos en la cátedra que desempeñaba Manuel María de Azofra, clase en la que los discípulos se negaron a responder a las preguntas del profesor, lo que motivó la emisión de la Real Orden de 15 de diciembre de 1848, acordándose la expulsión de cualquier alumno desobediente fuese cual fuese su número; que aquellos que no asistiesen a clase se les anotarían las faltas para que llegado el número prevenido perdiesen curso y aún como oyentes no se les permitiese asistir en lo sucesivo; incluso en caso de que la insubordinación exigiese la fuerza armada, los discípulos fuesen entregados a los tribunales. Esta orden fue comunicada al director de la Escuela y a través de éste a todos los profesores. Sin embargo, no era la primera vez que eran expulsados estudiantes del centro, ya que Carlos Botello del Castillo, discípulo del 2º año de carrera, lo había sido en 1847 y Cirilo y Ramón Salvatierra en 1848, habiendo sido readmitidos por la Junta de Gobierno el 6 de mayo de 1848 en atención a las manifestaciones de sus padres y sus buenos propósitos.
Enterada la Reina de los sucesos acontecidos por los alumnos del 1º y 2º año de arquitectura, acordó emitir la Real Orden de 31 de enero de 1849 que, a propuesta de la Junta de Profesores, tuvo como consecuencia la expulsión de los promotores de las revueltas (Simeón Ávalos, Manuel Giménez y de Ropero, Pedro Fores y Pallás, Bibiano Guinea, Joaquín Vega, Manuel María Muñoz, Aquilino Hernández, Antolín Sagasti, Juan Torras y Guardiola, Luis Villanueva y Arribas, José Sarasola y Pequera, Anastasio Menéndez, José Limó y Fontcuberta y Manuel Villar y Vallí), como la de aquellos que no habían cumplido las asistencias reglamentarias a las diferentes clases (Dionisio de la Iglesia, Carlos Mancha y Escobar, Francisco Urquiza y José Segundo de Lema).
Aunque se acordó no admitir a matrícula a los alumnos expulsados ni a los borrados por falta de asistencia, lo cierto es que en su mayoría fueron readmitidos por la Real Orden de 16 de mayo de 1849 una vez arrepentidos de sus actos. A partir de entonces se exigió a los aspirantes para solicitar la matrícula ir acompañados de sus padres, tutores o encargados responsables de su conducta y acreditar no haber tomado parte en las revueltas que habían motivado dichas disposiciones, recordándoles al mismo tiempo que cualquier falta de subordinación se castigaría en lo sucesivo con arreglo a las Reales Órdenes de 15 de diciembre de 1848 y 31 de enero de 1849.
A principios de 1850, solicitó de la Academia su admisión a los ejercicios para la clase de arquitecto. En la Junta de los Sres. Profesores celebrada el 18 de enero de ese mismo año se vio el expediente de Rogent, alumno que había aprobado el 5º año de carrera en el curso académico de 1847 y 1848, y había aportado las certificaciones que señalaban su ejercicio en la práctica de la profesión por espacio de 18 meses. La junta acordó, con arreglo a los artículos 73 y 77 del Real Decreto del 28 de septiembre de 1845, su no admisión a los ejercicios hasta el mes de agosto, aunque atendiendo a sus circunstancias particulares, su constante aplicación y buena conducta le consideraba digno de que le fueran disminuidos los pocos meses que le faltaban de práctica, siempre que se contasen rigurosamente los que con arreglo al citado decreto eran necesarios. Incluso se acordó solicitar de S.M. dicha gracia siempre que, en caso de aprobar, no le fuera expedido el título hasta pasado el termino que fijaba el reglamento del 17 de mayo de 1848. Sin embargo, enterada la Reina del dictamen de la Academia desestimó la solicitud por la Real Orden del 18 de febrero de 1850, quedando enterada la corporación en la Junta General del 10 de marzo.
Este hecho hizo que el 25 de agosto de 1850 el interesado volviese a solicitar día y hora para presentar el proyecto fin de carrera, en vista de que además de haber finalizado todos los estudios teóricos y prácticos de la profesión prevenidos en el reglamento, además de los de francés, Mineralogía y Geografía, había presentado la carta de pago de la certificación de los cinco años cursados en la Escuela.
Sus diferentes estudios fueron acreditados a través de varias certificaciones: la primera librada por Carlos Carreras de Urrutia quien certificó que el pretendiente había cursado en el Colegio de 1ª y 2ª enseñanza de Barcelona la clase de francés entre 1837 y 1838, así como Geografía Física y Matemática entre 1838 y 1839; la segunda firmada por Antonio Monmany, socio secretario de la Academia de Ciencias Naturales y Artes de Barcelona, bajo cuya dirección había cursado y ganado un año de Mineralogía desde mediados de octubre de 1839 al 23 de junio de 1840; la tercera librada por el secretario perpetuo de la Academia de San Fernando Marcial Antonio López, que certificaba: «Elías Rogent [...] como alumno de la escuela especial de Arquitectura en el año tercero, despues de haber sido examinado y aprobado del primero y segundo de la misma carrera, asistió al curso de 1845 á 1846 en el que fué aprobado con la nota se sobresaliente en materias y de bueno en dibujo: que en el de 1846 á 1847 fue aprobado del cuarto con la nota de bueno; y que lo fue asi mismo del quinto en el de 1847 á 1848». La cuarta y última firmada por Narciso Pascual y Colomer, profesor de Construcción de la Escuela Especial de Arquitectura, individuo de número y teniente director de Arquitectura de la Academia de San Fernando, arquitecto mayor del Real Palacio y del Congreso de los Diputados bajo cuya dirección Rogent había desempeñado los trabajos facultativos de las obras del Nuevo Palacio de Congreso de los Diputados, ejercitándose también en «las trazas, replanteos, formación de pliegos de condiciones y demas trabajos prácticos necesarios á la ejecucion de dicha obra: habiendo acreditado inteligencia y aplicación durante dicho tiempo y dejadome sumamente satisfecho de su comportamiento».
Ante todas estas acreditaciones fue examinado por la Junta de los Sres. Profesores de la Escuela Especial de Arquitectura de la Real Academia de San Fernando el 8 de noviembre de 1850, habiendo presentado como proyecto fin de carrera «Un Beaterio cuya distribución deberá componerse de la iglesia con su correspondiente coro, salas de comunidad, refectorio, celda, enfermeria, cocinas y local conveniente para la enseñanza publica de niñas. Planta, fachada y corte» (del A- 4355 al A- 4358), junto con su memoria y el avance del coste de la obra. Obtuvo finalmente el título solicitado en la Junta General del 17 de noviembre de 1850, pero antes de acabar el año 1850 se convocó la oposición a la cátedra del ¿1º/2º? año de carrera de los maestros de obras en la Escuela de Bellas Artes de Sevilla, a la que se presentó a la vez que lo hicieron Mariano Robles y Joaquín Fernández (Junta General del 8 de diciembre de 1850). En la Junta General del 9 de febrero de 1851 se acordó proponer para la plaza a Joaquín Fernández por uniformidad de votos, aunque se recomendó a Mariano de Robles para la primera vacante que resultase en esta clase por «contemplarlo digno de ser atendido por sus brillantes ejercicios y circunstancias especiales».
Al año siguiente optó al concurso de oposición para la cátedra de Dibujo Topográfico y de Arquitectura en la Academia de Barcelona, elaborando para este objeto los diseños de una Decoración con hojas de acanto (A- 5828) y el Plano topográfico del curso de un río que atraviesa una población (A- 3751), que le hicieron acreedor de la plaza por la Real Orden del 12 de febrero de 1852, en la Junta General del 1 de febrero de este mismo año.
En 1852 desarrolló el proyecto de la cárcel para la villa de Mataró (Barcelona), diseños que remitió a la aprobación de la Academia siendo censurados por Aníbal Álvarez como delegado de la Sección de Arquitectura. Al mismo tiempo en que Álvarez elaboró el informe de la casa consistorial de Tordesillas (Valladolid), concluyó otro para la cárcel del partido judicial de Mataró, dejándolo concluido el 15 de junio de 1852. Manifestó el buen partido que había sacado Elías Rogent al sujetar el proyecto al decreto que sobre las cárceles había expedido S.M. el 25 de agosto de 1847. A su entender, el autor había aplicado el sistema panóptico consiguiendo una continua vigilancia de los presos, había separado correctamente a los presidiarios en función de sus sexos y edades, y otorgado una buena disposición a los patios, las luces y las oficinas necesarias. Además, era perfecto el carácter severo y robusto con el que había dotado a sus fachadas, era buena la construcción del edificio como el gusto concedido a toda la obra. El informe de Álvarez fue aprobado por Sección de Arquitectura el 19 de junio de 1852 y por la Academia en la Junta General Extraordinaria del 23 del mismo mes.
En 1857 elaboró el proyecto de una granja modelo o escuela de agricultura para las inmediaciones de Barcelona, cuyos planos y presupuesto fueron aprobados por la Sección de Arquitectura el 28 de junio y por la Academia el 5 de julio de 1857. Pero en los años sucesivos le veremos ocupado en otras tantas obras, entre ellas las de una universidad literaria para Barcelona. El proyecto fue remitido a la Academia por el director de Instrucción Pública y censurado por la corporación académica el 6 de enero de 1861, momento en que se acordó comunicar al autor las correcciones que debía introducir, sin embargo, no sería aprobado definitivamente hasta el domingo 15 de diciembre de 1857.
Su nombre volvió a reseñarse en las juntas académicas en 1867, cuando Rovira y Trías fue sustituido por el alcalde constitucional como arquitecto titular de la villa de Gracia (Barcelona) siendo nombrado en su lugar el maestro de obras nuevo José Comas y Argemí. Ante este desagravio, los arquitectos residentes en Barcelona (Francisco de Paula del Villar, José Fontseré, Juan Cortés y Ribera, José Casademunt, José Artigas, Olegario Vilageliu, José Buxareu, Carlos Gaurán, Magín Ríos y Mulet, José Rosé, Narciso José María Bladó, José Limó y Fontcuberta, Román Grases, Modesto Fosas, Juan Torras y Elías Rogent) dirigieron el 22 de febrero de 1867 una exposición a la Academia haciéndola partícipe de los continuos agravios que venían sufriendo en esta provincia y el desconocimiento del ayuntamiento constitucional en ser asesorado por arquitectos. El caso de Rovira y Trías era evidente en este sentido, sobre todo cuando durante muchos años había proyectado todo lo relativo al servicio público del municipio, había señalado las líneas y rasantes de nuevas construcciones o reedificaciones y había dado su parecer en todos los expedientes en los que había sido necesarios sus conocimientos facultativos «devengando honorarios que cuando el servicio era á instancia de particulares estos los abonaban quedando así servido y no gravando el Ayuntamiento, y cuando á instancia de este se desarrollaba algun trabajo, siempre le tenia en consideracion de no ecsijir el mácsimo legal de sus honorarios».
Los arquitectos continuaron su comunicación exponiendo que el cese de Rovira y Trías venía del pretexto impuesto por el alcalde sobre que el puesto debía recaer en una persona con despacho en el ayuntamiento, cuando siempre que había existido algún aviso Rovira y Trías se había desplazado a la villa sin dilatación alguna para solucionarlo. Sin embargo, esto no era realmente lo que producía la queja de los exponentes porque aún no estaba reglamentado el servicio municipal que prestaban los arquitectos de los ayuntamientos, sino que en sustitución de un arquitecto hubiera sido nombrado un maestro de obras cuando lo prohibía taxativamente la Real Orden de 28 de septiembre de 1845.
En vista de que el arquitecto de la provincia había reclamado justicia al gobierno civil y pasados un número considerable de días no había tenido respuesta, ni se había tramitado el expediente, los arquitectos solicitaron además de la anulación del citado nombramiento, que se pusiese coto a estos intrusismos y fuesen respetadas las atribuciones de los arquitectos. A la causa de los exponentes se sumó la Sociedad Central de Arquitectos, que enterada de la exposición dirigida a la Academia enviaron otra el 16 de marzo a fin de que pusieran en práctica los medios legales necesarios para hacer desaparecer actuaciones de este tipo.
La Academia de San Fernando estudió en profundidad tanto la exposición de los arquitectos como la de la Sociedad Central de Arquitectos y la que había dirigido previamente Francisco Daniel y Molina a Eugenio de la Cámara el 18 de febrero exponiendo los insultos que habían recibido del maestro de obras los arquitectos Bladó, Fosas incluso él mismo. De todo ello, la Sección de Arquitectura celebrada el 13 de septiembre de 1867 y formada por Álvarez, Cámara, Enríquez, Cachavera y Peyronnet declaró ilegal el nombramiento y propuso la anulación del mismo para que se nombrase en su lugar a un arquitecto con título, dictamen aprobado por la Academia en la Junta Ordinaria del 16 del mismo mes.
Dejando aparte los problemas de la profesión en Barcelona, la Junta de la Sección de Arquitectura reunida el 3 de octubre de 1867 examinó el expediente relativo al proyecto de reforma del cuerpo central de la fachada de la Universidad de esta ciudad suscrito por Elías Rogent, cuyos planos habían sido aprobados anteriormente por la Academia en noviembre de 1801. La reforma venía dada porque el autor veía en la fachada un desequilibrio entre las partes y el todo, de ahí que propusiera su modificación colocando nuevamente en su centro una inmensa torre o espadaña con objeto de contener la campana del reloj. La Sección de Arquitectura vio la torre innecesaria y la introducción de un frontón con un estilo diferente al edificio algo excesivo en volumen, por lo que debía ir disminuyendo en volumen y ser del mismo estilo que el edificio. Por otro lado, la introducción de «arcuaciones treboladas» que supuestamente sostenían la cornisa eran simplemente decorativas y el letrero que con caracteres góticos decía «Universidad literaria» debía suprimirse o ser disminuido en tamaño. Por todo ello la Academia comunicó a Elías Rogent que siguiese el proyecto primitivo ya aprobado por la corporación y no intentase mejorarlo. Con respecto a la pintura decorativa del paraninfo de la Universidad, en febrero de 1871 se censuró el proyecto y el presupuesto con una memoria razonada suscrita por Elías Rogent, arquitecto director de las obras y autor del primitivo proyecto que sería nuevamente remitido al año siguiente, siendo aprobado definitivamente por la Sección de Arquitectura el 23 de mayo de 1872.
Junto con el arquitecto Augusto Font y Carreras, Rogent realizó el proyecto de restauración y terminación de la catedral de Tarragona, remitido a informe de la corporación por el arzobispo y el cabildo de esa iglesia en 1884. Los arquitectos eran catedráticos de la Escuela de Arquitectura de Barcelona y tenían en mente armonizar las construcciones llevadas a cabo en el transcurso de los siglos y decidir lo que de ellas debía ser destruido, conservado o modificado. Primero debían terminar la fachada, «terminación que claramente indican las partes edificadas de aquel fronton triangular con gran ventana en el centro y dos partidas por columnas á los lados con adornos de frondas en las líneas diagonales del fronton y pináculo en los puntos de arranque del mismo». Creían que el frontón no tenía razón de subsistir debido a que era un cuerpo puramente ornamental, aislado de la fachada y sin relación con la cubierta, ésta más baja y a dos vertientes, pero la Sección de Arquitectura censora del proyecto no podía admitir dicha destrucción porque desaparecería el remate de la fachada concebido por su autor y «resultaría ahogada bajo los altos pináculos que tiene al lado y sin la elevacion y esbeltez que quiere darle el desconocido autor de aquel remate». Asimismo, la corporación no encontró motivo en la alteración que introducían Rogent y Font respecto a «sustituir la linea recta, horizontal de los lados de la fachada que corresponde á las naves laterales, con otras diagonales y que sigan la inclinación de la vertiente de la cubierta», porque no se trataba de concluir los conservado sino alterar totalmente lo existente y rehacerlo. Tampoco estaba conforme con la destrucción de la torre a fin de introducir un cuerpo intermedio, que según los autores creían le faltaba, pues la torre estaba terminada e incluso mantenía su antepecho ojival. Lo mismo ocurría con los pináculos a los que se les quería introducir un cuerpo intermedio con estatuas en los frentes, cuando lo principal era conservar lo que había tal y como estaba, y completar lo que faltaba sin alteraciones para no convertir el templo en una obra nueva. La Academia también se oponía a las alteraciones propuestas en el altar mayor y las obras que debían quitarse en los lados del crucero, las cuales afeaban la capilla lateral románica del ábside porque de admitirse todas estas destrucciones el monumento se convertiría en lo que los autores contemporáneos juzgaban debía ser, no en lo que había sido.
Ante los errores observados, la Junta de la Sección de Arquitectura celebrada el 25 de junio de 1888 acordó devolver el trabajo a los arquitectos para que introdujesen las correcciones oportunas, no sin antes comunicarles el trabajo tan notabilísimo que habían desarrollado tanto desde el punto de vista histórico como técnico. Del mismo modo, se aplaudió que destinasen al culto la abandonada trastera o refectorio, rebajasen el terraplén del patio y quitasen las toscas rejas que cerraban los huecos de los arcos, pero no que hiciesen desaparecer la fuente del renacimiento, aunque fuese para sustituirla por otro monumento como el que proponían para conmemorar la declaración dogmática de la Purísima Concepción, el cual podía tener mejor ubicación en la plaza que procedía a la catedral.
El proyecto reformado de la catedral de Tarragona llegó a la corporación madrileña a finales de 1891 comprendiendo los planos de la sala capitular y el Panteón de los Sres. Arzobispos; el arreglo del jardín en el antiguo cementerio; la sacristía mayor y la ropería; los vestuarios y las sacristías secundarias; la transformación del antiguo refectorio en la iglesia parroquial; la restauración del claustro, las vidrieras y la sillería de coro, como la desaparición del encalado de todo el interior del templo. La Academia vio con sorpresa que los diseños no correspondían a las obras parciales de 1888, por lo que el 18 de abril de 1892 la Sección de Arquitectura comunicó al cabildo que remitiese el proyecto anteriormente solicitado para poderlo aprobar definitivamente.
Al mismo tiempo en que Rogent estaba llevando a cabo la obra anterior, se ocupó de la reforma de las dependencias docentes de la Facultad de Farmacia en la Universidad de Barcelona. El proyecto fue examinado y aprobado por la Sección de Arquitectura el 19 de agosto de 1887, momento en que se vieron las diferentes transformaciones que el arquitecto creía debía sufrir el edificio: en el plano nº 1 quitaba el graderío del aula para reestablecer el solado, los enfoscados y enlucidos a fin de obtener un taller de 7 m de ancho por 10 de largo; en la planta nº 2 veía preciso hacer desaparecer la tarima del profesor y el graderío para construir el solado y los guarnecidos, además de una poyata a lo largo de la línea de las ventanas y un fogón con chimenea de tiro en el ángulo sur; en la planta nº 3 suprimía la claraboya existente para formar con viguetas de hierro un artesonado con fondo acristalado; en la planta 4º suprimía un tabique que llegaba a la mitad de la altura de la planta con objeto de construirlo de nuevo en la línea de artesones correspondiente y en la 5ª incomunicaba el cuarto de los profesores con el del gabinete contiguo. Por otro lado, en las plantas 6ª y 7ª representaba el cambio que solicitaba el Rectorado, lo que había obligado a suprimir la claraboya ligera, sanear el suelo de las permanentes humedades e instalar los accesorios de hornillos y demás materiales que eran necesarios. Debido a los nuevos arreglos de las dependencias docentes se habían quedado sin servicio tres claraboyas acristaladas, las cuales, según su opinión, podían ser utilizadas para cubrir los dos patios de la Universidad que aparecían señalados en los planos 8º y 9º, consiguiendo una sala de 23 m de largo por 7 de ancho en las inmediaciones de la puerta principal y un local de comunicación con el nuevo laboratorio de química inorgánica.
En este mismo año, el alcalde de Barcelona Francisco de Paula Rius y Taulet le encargó la dirección de obras de la Exposición Universal de Barcelona en 1888, en cuyo proyecto elaboró cambios sobre el proyecto original de José Fontseré y Mestres.
En la década de los noventa aún continuó ocupado en las obras de restauración de la catedral de Tarragona y en la construcción dentro del templo de un vestidor para los señores capitulares, a fin de dar ocupación a la clase obrera de la ciudad que atravesaba por una gran crisis debido a la falta de trabajo. Este fue el motivo por el que se le ordenó reformar el plano parcial del vestidor sujetándose a lo prevenido en las comunicaciones del 25 de junio de 1888 y 19 de abril de 1892, con la idea de dar por concluida la restauración del templo. El 18 de junio de 1892 fueron presentados a informe de la Academia a través del arzobispo de Tarragona el primitivo proyecto general de restauración de la iglesia y el plano parcial del vestidor, plano que reflejaba la no modificación de las capillas laterales enlazadas con el vestidor.
Pero en vista de que en un plano era prácticamente imposible juzgar una restauración por muy detallada que fuese y menos la de una obra de tanto interés histórico, artístico y arqueológico como era esta, el 19 de abril de 1893 la corporación vio necesario que una comisión compuesta de tres individuos de ella estudiase las reformas sobre el terreno, para así examinar en detalle cada una de las fábricas que se pretendían demoler o modificar. «Ydentica dificultad se ofrece á la Sección en el examen del proyecto parcial del vestuario últimamente presentado; pues las forzadas soluciones adoptadas en algunos huecos de luces y de comunicación con las antiguas fábricas, así como tambien la roza del muro absidial de una de las capillas inmediatas, no tiene explicación satisfactoria á la simple vista de los planos, y como no acompaña a éstos la memoria justificativa de las disposiciones adoptadas, resulta tambien indispensable la previa inspección ocular para juzgar debidamente dicho proyecto parcial». También se acordó que para efectuar el reconocimiento se tendrían que abonar a dichos individuos el coste del viaje y la estancia durante los días que durase el reconocimiento, en vista de que la Academia no disponía de partidas en su presupuesto para atender este tipo de servicios.
A propuesta de la Sección de Arquitectura fueron designados el 3 de enero de 1894 para examinar el proyecto de Font y Rogent, el arqueólogo Juan de Dios de la Rada y Delgado, el arquitecto Adolfo Fernández Casanova y el secretario de la Sección de Arquitectura. Asimismo, la sección acordó: «1º que sería conveniente que uno, al menos, de los dos Sres. Arquitectos autores del proyecto de restauracion concurriera á Tarragona cuando se hallare allí la Comision, que salvo accidente imprevisto, llegará á dicha Ciudad el Viernes 12 del corriente: y 2º Que con objeto de evitar à V.E. las molestias del Giro, la Academia anticipe á los Sres. De la Comision, los fondos necesarios para el viaje y que estos presentes á V.E. la cuenta de los gastos para reintegrar à la Corporacion».
El informe emitido por la Junta Ordinaria del 21 de febrero de 1894 no aceptó el criterio de los autores respecto a subordinar la iglesia a una unidad de estilo demoliendo para ello interesantes fábricas de diversas generaciones, ya que muchas de ellas constituían verdaderos monumentos conmemorativos de hechos gloriosos y personajes ilustres dignos de ser conservados, como tampoco creyó admisible alterar las construcciones existentes fingiendo formas peculiares de determinados estilos en desacuerdo con la estructura de las fábricas que las revestían. A su entender, los monumentos inacabados debían completarse sin desvirtuar las fábricas y era necesario aislar el templo adquiriendo para ello la casa del marqués de Tamarit, que sería demolida teniendo presente las precauciones necesarias a la hora de aislar el templo, realizar los trazados de alineación y las expropiaciones propuestas para ensanchar la vía principal, como los movimientos de tierras que debían proyectarse en las calles contiguas restantes para que no pudieran afectar a la solidez de la catedral. Por otro lado, eran aceptables las reformas proyectadas en cuanto a la supresión de las sacristías de las capillas del baptisterio para construir en su lugar una sola para ambas en el ángulo entrante de sus hemiciclos, como también la desaparición del paredón que limitaba el atrio de paso a la portada de Santa Tecla, el moderno cuerpo sobrepuesto a la capilla absidial de San Olegario, los retretes y demás construcciones situadas detrás del ábside mayor y de la capilla de Santa Tecla la Vieja. Se aceptaba igualmente la decoración del aula capitular moderna, la transformación del antiguo refectorio en iglesia parroquial y la reparación de todos los desperfectos de las diversas fábricas. Pareció oportuna la ampliación del presbiterio, el solado de mármol de su pavimento y la colocación de una nueva verja de hierro forjado, trasladando la antigua al coro; asimismo, la restauración de las arcadas, las vidrieras y la colocación de otras nuevas en los huecos desprovistos de ellas, siendo muy elogiado la idea de crear un museo de arte retrospectivo que sirviese de enseñanza a la juventud. Se creía necesaria la terminación del ventanal, el piñón y los pináculos en parte construidos y se desaprobaba la coronación del cimborrio con el templete proyectado. En cuanto a la modificación o derribo de algunas capillas, sólo era aceptable la prolongación de la de San José hasta el fondo de su contigua de San Francisco. Respecto a los altares de las capillas debían respetarse todos exceptuando el de San Lucas por ser indigno; los ventanales no debían sufrir modificación, aunque debían abrirse todos los huecos tapiados en las diversas fábricas del monumento a excepción de los del hastial este del crucero al no poderse utilizar debido a construcciones posteriores. Se reprobaba el cuerpo intermedio proyectado en los pináculos, la modificación de las líneas y la disposición del resto de los elementos decorativos; la perforación de la galería subterránea para enlazar la «Rodalia» con el Palacio Arzobispal, la demolición del cuerpo superior de la torre para colocar otro intermedio o la construcción de una segunda torre sobre la puerta del claustro; la modificación de las fábricas del presbiterio y el retablo mayor o la sillería de coro. Tampoco se aceptaba la decoración policroma del templo, ni la supresión del enjalbegado de los paramentos interiores, debiéndose respetar por último el Panteón de Jaime el Conquistador y la Capilla del Santo Sepulcro.
Arquitectura. Cárceles, 1842-1853. Sig. 2-30-2; Arquitectura. Edificios para tribunal de cuentas y para las universidades de Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Salamanca, Granada), siglo XIX. Sig. 2-43-3; Arquitectura. Universidades, institutos, escuelas, 1789-1861. Sig. 2-29-2; Comisión de Arquitectura. Arquitectos, 1848-1851. Sig. 2-14-2; Comisión de Arquitectura. Informes, 1846-1855 Sig. 1-30-2bis; Libro de actas de Juntas ordinarias, extraordinarias, generales y públicas, 1848-1854. Sig. 3-91; Libro de registro de maestros arquitectos aprobados por la Real Academia de San Fernando, 1816-1900. Sig. 3-154, nº 12; Sección de Arquitectura. Informes sobre Arquitectos municipales y provinciales, siglo XIX. Sig. 2-42-9; Sección de Arquitectura. Informes sobre obras, restauraciones, etc., 1887- 1888. Sig. 5-182-2; Sección de Arquitectura. Informes sobre obras, restauraciones, etc., 1892-1896. Sig. 5-183-2; Sección de Arquitectura. Informes sobre proyectos de obras, 1884-1886. Sig. 4-70-1; Secretario general. Alumnos. Expedientes de alumnos de la primera propoción de la Escuela Especial de Arquitectura para su examen de fin de carrera, 1849. Sig. 5-68-3; Secretario general. Enseñanza. Arquitectura, 1847-1853. Sig. 1-32-15; Secretario general. Enseñanza. Disciplina en los estudios, 1768-1856. Sig. 1-20-2; Secretario general. Enseñanza. Pensionados. Arquitectura, 1802-1867. Sig. 1-49-7; Secretario general. Enseñanza. Planes de estudios, 1845, 1846-1850. Sig. 1-19-17; Secretario general. Libro de registro de matriculados en la EEA, desde el curso 1845-1846 hasta el de 1858-1859. Sig. 3-152; Secretario general. Lista de alumnos, 1845. Sig. 5-67-1; Secretario general. Matrículas, 1848-1859. Sig. 5-80-1; Secretario general. Relaciones con otras academias. Academia de Barcelona, siglo XIX. Sig.2-36-6; Secretario general. Solicitudes de ingreso en Escuela Especial de Arquitectura, 1845. Sig. 5-67-3.
Silvia Arbaiza Blanco-Soler
Profesor TU de la UPM
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